La Secretaría de Energía modificó el esquema de actualización de las tarifas de gas que aplican las distribuidoras. Desde los cuadros tarifarios correspondientes a agosto, la Diferencia Diaria Acumulada (DDA) se calculará e incorporará cada dos meses.
La DDA refleja la brecha entre el precio del gas estimado al comienzo de cada período y el valor que las distribuidoras efectivamente abonan a los productores. Ese componente se traslada a los usuarios residenciales a través de la tarifa.
Hasta ahora, el mecanismo tenía una aplicación estacional, con dos ajustes anuales. Ese esquema podía acumular diferencias durante varios meses y trasladarlas de manera concentrada a las facturas, especialmente durante el invierno, cuando aumenta la demanda y el costo del gas.
La Resolución 167/2026, publicada en el Boletín Oficial, estableció la nueva periodicidad. Según los fundamentos de la medida, el objetivo es reforzar el abastecimiento de la demanda atendida por las prestadoras y evitar el denominado “doble efecto estacional”.
Con la modificación, las correcciones se realizarán con mayor frecuencia y, en principio, sobre montos más acotados. El cambio busca moderar la volatilidad de cada actualización, aunque mantiene el traslado a los usuarios de las diferencias entre el precio previsto y el efectivamente pagado.
El mecanismo se encuadra en la Ley 24.076 y en su reglamentación, el Decreto 1.738/92, que establecen que las variaciones deben trasladarse a la tarifa sin generar beneficios ni pérdidas para las distribuidoras.
Con información de MDZ — Dinero.


