La Secretaría de Energía estableció un nuevo procedimiento para exportar petróleo crudo y derivados, a través de la Resolución 166/2026 publicada en el Boletín Oficial. La norma eliminó la obligación de realizar una oferta previa en el mercado interno y concentró disposiciones anteriores en un único marco regulatorio.
El nuevo sistema exige que los exportadores informen cada operación. A partir de esa notificación, la Secretaría tendrá 30 días para presentar objeciones basadas en razones técnicas o económicas vinculadas con la seguridad del abastecimiento. Si no formula observaciones dentro de ese plazo, la autorización quedará concedida automáticamente.
La medida alcanza al petróleo crudo, las gasolinas, el gasoil, el propano, el butano y el gas licuado de petróleo. El listado podrá modificarse según la evolución del mercado interno. El esquema se apoya en los principios de libre mercado previstos por la Ley Bases 27.742 y el Decreto 70/2023.
La decisión se tomó en un contexto de expansión de las exportaciones energéticas. Durante el primer semestre de 2026, la balanza comercial de combustibles y energía acumuló un superávit de USD 5.076 millones, 61,7% más que en el mismo período del año anterior. Las exportaciones llegaron a USD 6.594 millones y las importaciones sumaron USD 1.518 millones.
Vaca Muerta fue el principal impulso del resultado, con un aumento sostenido de la producción. En el período, los envíos de petróleo crudo crecieron 47,7% y generaron USD 4.693 millones, equivalentes al 71,2% de las exportaciones del sector. También avanzaron las ventas externas de naftas, butanos licuados y propano licuado.
Las proyecciones sectoriales estiman exportaciones de combustibles y energía cercanas a USD 11.300 millones durante 2026. Además, el inicio previsto del oleoducto VMOS hacia fines de año podría sumar capacidad de evacuación desde la cuenca neuquina hasta la costa de Río Negro, con un potencial de 190.000 barriles diarios en una primera etapa.
Con información de Infobae — Economía.


