El Gobierno modificó la frecuencia de actualización del precio del gas que se incorpora a las facturas residenciales e industriales. Desde agosto de 2026, las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) dejarán de calcularse según cada estación y pasarán a aplicarse con una periodicidad bimestral.
La medida fue establecida por la Secretaría de Energía mediante la Resolución 167/2026 y tendrá vigencia durante la emergencia energética, extendida hasta el 31 de diciembre de 2027. El objetivo es distribuir de manera más gradual los movimientos del costo del gas y hacer más previsibles los cuadros tarifarios.
El cambio apunta especialmente a evitar que la mayor demanda del invierno coincida con una actualización estacional del precio. De esa manera, el Gobierno busca reducir el impacto de aumentos concentrados en los meses de consumo más elevado, sin modificar el funcionamiento general del mecanismo.
Las DDA reflejan las diferencias entre el precio previsto y el valor efectivamente pagado por las distribuidoras por el gas adquirido. Si el costo aumenta, el saldo puede trasladarse posteriormente a los usuarios; si disminuye, corresponde descontar el excedente de las facturas.
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) deberá adecuar los procedimientos y aplicar el nuevo criterio en los cuadros tarifarios de agosto. Según la explicación oficial, la modificación cambia el ritmo de actualización, pero no la lógica mediante la cual se comparan las previsiones con la ejecución real de los contratos.
La Secretaría de Energía también vinculó la decisión con la evolución de las cuencas productivas, las nuevas obras de transporte y la necesidad de sostener los flujos financieros del sistema gasífero. En ese marco, el esquema bimestral busca acompañar con mayor estabilidad los costos, la demanda y las condiciones del mercado.
Con información de Infobae — Economía.


