La Secretaría de Energía modificó la frecuencia con la que se calculan y trasladan a las facturas las diferencias entre el precio del gas que abonan las distribuidoras y el que se incorpora en las tarifas. El mecanismo, que hasta ahora contemplaba ajustes semestrales, pasará a aplicarse cada dos meses.
La medida fue establecida mediante la resolución 167/2026 y alcanza a las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) correspondientes al precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). Su vigencia se extenderá mientras continúe la emergencia energética, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027.
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad comenzará a aplicar el nuevo esquema en los cuadros tarifarios previstos para agosto. En esa instancia se incorporarán las diferencias acumuladas hasta mayo, generadas principalmente durante el último verano. El Gobierno estima que el impacto inicial será reducido, cercano a cero.
De acuerdo con la explicación oficial, el cambio busca evitar que coincidan en una misma etapa del año el aumento estacional del consumo y una suba del precio del gas durante el invierno. La modificación también apunta a distribuir los ajustes de manera más gradual y previsible para los usuarios.
Las distribuidoras habían reclamado una actualización más frecuente porque deben afrontar el pago del gas a las productoras antes de recuperar esos costos mediante las facturas. En los últimos tres meses y medio, el dólar acumuló una suba del 8,5%, un movimiento que incide sobre el precio del fluido.
Por separado, las diferencias vinculadas con el mayor costo del gas licuado durante el invierno se trasladarán en seis cuotas desde octubre o noviembre. El objetivo de ese esquema es sostener una tarifa más uniforme durante el año y reducir los saltos estacionales.
Con información de Clarín — Economía.


