El nuevo esquema incorpora el Registro de Inversiones Mineras y dispone que las gestiones se realicen por TAD, con CUIT y domicilio legal electrónico.

El Gobierno nacional modificó el régimen previsto por la Ley de Inversiones Mineras y estableció nuevas pautas para administrar los trámites vinculados con la actividad.
La medida crea el Registro de Inversiones Mineras (RIM), que tendrá como objetivo identificar a los beneficiarios del régimen y a quienes brinden servicios relacionados con el sector.
A partir del nuevo esquema, las presentaciones deberán canalizarse a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Además, las empresas y demás beneficiarios deberán identificarse mediante su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y constituir un domicilio legal electrónico.
Los expedientes que ya se encuentren en trámite continuarán bajo las condiciones vigentes al momento de su inicio, aunque la normativa contempla excepciones para determinados casos.
El registro busca centralizar la información de los actores alcanzados por el régimen y establecer un mecanismo uniforme para la gestión de los beneficios y obligaciones asociados a las inversiones mineras.
Con información de Ámbito — Energía.



