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La audiencia por la Ley de Glaciares sigue en pie y reaviva expectativas de nuevas inversiones

En las últimas horas se confirmó que se realizará el debate público, pese a un planteo que cuestionaba su organización

En las últimas horas se confirmó que se realizará el debate público, pese a un planteo que cuestionaba su organización

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°5 rechazó una medida cautelar que buscaba suspender la audiencia pública convocada en el Congreso para debatir la modificación de la Ley de Glaciares. La decisión habilita que el proceso parlamentario continúe según lo previsto y que se realizará este miércoles y jueves 25 y 26 de marzo.

La presentación había sido realizada por el abogado Jonatan Baldiviezo, junto a la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y la ingeniera María Eva Koutsovitis. Los demandantes cuestionaron cambios introducidos en las reglas de participación ciudadana para la audiencia vinculada al expediente legislativo 0072-S-2025.

El planteo

Los actores promovieron un amparo colectivo ambiental contra la Cámara de Diputados, solicitando:

  • Garantizar el derecho a la participación oral de todos los inscriptos en la audiencia.
  • Readecuar el cronograma para incluir más jornadas.
  • Declarar la nulidad del acto parlamentario del 12 de marzo, que limitó la cantidad de oradores.
  • Suspender las audiencias previstas para el 25 y 26 de marzo.

El conflicto se originó cuando las comisiones legislativas resolvieron que solo los “primeros inscriptos de cada jurisdicción” podrían exponer oralmente, mientras que el resto debería participar mediante presentaciones escritas o videos.

Los cambios a la Ley de Glaciares tienen media sanción en el Congreso.

El fallo

El juez federal subrogante Enrique Alonso Regueira consideró que no se cumplieron los requisitos necesarios para dictar la cautelar.

En su resolución, sostuvo que:

  • No se acreditó con suficiente fuerza la verosimilitud del derecho invocado.
  • Tampoco se demostró un perjuicio grave o irreparable que justifique frenar el procedimiento parlamentario.
  • Debe prevalecer la presunción de validez de los actos del Congreso, especialmente cuando está en juego el interés público.

Además, señaló que las limitaciones dispuestas no implican una exclusión total de la participación, ya que se mantienen canales alternativos como presentaciones escritas o audiovisuales.

Qué implica el fallo

Con este fallo, la audiencia pública seguirá adelante bajo el esquema definido por las comisiones legislativas, en medio de cuestionamientos de organizaciones ambientales que reclaman mayor apertura y participación efectiva.

El debate gira en torno a la posible modificación de la Ley de Glaciares, una norma clave para la protección ambiental, lo que explica la alta convocatoria y el conflicto por los mecanismos de intervención ciudadana.